El Real Decreto-ley 13/2026, aprobado el 2 de junio de 2026, introduce actualizaciones importantes en la financiación de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales para el año 2026. Esta medida surge en un contexto de prórroga presupuestaria y tiene como objetivo garantizar que estas administraciones dispongan de los recursos adecuados para funcionar, especialmente en un año donde las proyecciones de ingresos son cruciales.

¿En qué consiste la medida?

La actualización se basa en las previsiones de ingresos tributarios del Estado, que se utilizarán para calcular las entregas a cuenta que se transfieren a las Comunidades Autónomas. Este ajuste permitirá adecuar las finanzas públicas a la situación real de la economía, evitando desequilibrios financieros. La norma no modifica el régimen actual de financiación, sino que solo lo actualiza.

¿Qué cambios se introducen?

  1. Actualización de entregas a cuenta: Los importes que reciben las Comunidades Autónomas se actualizarán con base en los ingresos tributarios previstos para 2026, asegurando que no se vean afectadas por la prórroga de los presupuestos anteriores.
  2. Flexibilidad financiera para Entidades Locales: Se permitirá que el superávit presupuestario del año 2025 se use para financiar inversiones en vivienda y otros gastos. También se excepcionan de la aprobación de planes económico-financieros a las Entidades Locales que cumplan ciertos requisitos de estabilidad financiera.
  3. Compensaciones por telefonía móvil: No habrá exigibilidad de devolución de ingresos indebidos relacionados con cuotas nacionales de telefonía móvil que hayan sido percibidas en exceso por los municipios.
  4. Revisión de planes económicos: Para 2026 y 2027, aquellas Entidades Locales que puedan haber incumplido ciertas normas de estabilidad debido a la utilización de remanentes no estarán obligadas a presentar planes económico-financieros siempre que mantengan plazos de pago a proveedores adecuados.

Plazos y medidas específicas

  • La actualización de las entregas a cuenta empezará a aplicarse en los meses siguientes a la entrada en vigor del decreto, ajustándose a los importes que recibieron durante la prórroga presupuestaria.
  • Las Entidades Locales que cumplen con los requisitos establecidos podrán utilizar su superávit del 2025 para gastos generales y no tendrán que presentar planes económicos de ajuste por incumplimientos motivados por el uso del remanente de tesorería.

Conclusión

Este Real Decreto-ley tiene un impacto significativo en la forma en que las Comunidades Autónomas y Entidades Locales gestionan su financiación, asegurando recursos cruciales para el funcionamiento de servicios públicos. La actualización de las entregas a cuenta busca evitar dificultades a final de año que afecten el pago a proveedores y, en consecuencia, el funcionamiento general de estas administraciones.

El Real Decreto-ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 3 de junio de 2026.