El 21 de mayo de 2026, la Dirección General de Trabajo ha formalizado la publicación del Acuerdo de la Comisión Mixta del Convenio colectivo de grandes almacenes, que revisa el incremento salarial para el año 2026. Este acuerdo incluye a las empresas del sector representadas por la Asociación Nacional de Grandes Empresas de Distribución (ANGED) y a los sindicatos FETICO, VALORIAN, CC.OO. y UGT.
Detalles del Acuerdo
El incremento salarial acordado es del 1% anual, el cual se aplica como complemento variable no consolidable. Este complemento se calcula tomando como referencia los salarios del año anterior (2025) y se abona entre las empresas a sus trabajadores dentro de los dos meses posteriores a la fecha de publicación en el BOE, que fue el 4 de junio de 2026. De esta forma, las empresas deben asegurarse de que este importe se pague, como máximo, antes del 31 de diciembre de 2026.
Fundamentación
El acuerdo se basa en el análisis del Índice de Comercio al por Menor en Grandes Superficies para el año 2025, cuyo promedio ha sido inferior al de los dos años anteriores, lo que no permite activar el complemento salarial variable consolidable. Sin embargo, la disposición transitoria séptima del convenio ofrece garantías que permiten fijar el 1% como incremento.
Obligaciones de las Empresas
Las empresas deben informar a sus empleados sobre el modo y plazos de abono del complemento variable, siguiendo las prácticas habituales del sector y comunicando la situación a los Comités Intercentros o Comisiones Sindicales pertinentes.
Este acuerdo es parte de un marco regulatorio que busca proteger los derechos de los trabajadores y asegurar que sus salarios se ajusten acorde a las condiciones del mercado.