El 13 de abril de 2026, la Dirección General de Trabajo ha publicado la modificación del Convenio Colectivo de la empresa Provivienda, en la que se han hecho cambios importantes en el artículo 28, referente a los permisos retribuidos para los trabajadores. Este acuerdo fue firmado el 4 de marzo de 2026, y finalmente corregido el 7 de abril de 2026.
Entre los cambios más destacados se encuentra la ampliación del derecho a permisos retribuidos, que ahora incluirán no solo a cónyuges, sino también a parejas de hecho, sin límites relacionados con el estado civil. Esto significa que los trabajadores podrán disfrutar de permisos para el nacimiento y cuidado de menores sin distinción, promoviendo la igualdad en el acceso a estos derechos.
Permisos Reinsertados en el Artículo 28
Los permisos retribuidos se detallan en el nuevo artículo 28, que incluye:
Matrimonio y Parejas de Hecho: Derecho a 15 días naturales por matrimonio o pareja de hecho registrada. Nuevos matrimonios tienen derecho a solicitar una nueva licencia.
Permisos por Enfermedad: 5 días laborables por accidente grave de familiares. Si el desplazamiento supera los 200 km, se añaden dos días, y cuatro días si el desplazamiento es al extranjero.
Fallecimiento de Familiares: 5 días laborables por fallecimiento de cónyuge o parientes cercanos, ampliables con desplazamiento.
Traslado de Domicilio: 2 días laborables por mudanza habitual.
Cuidado de Menores: Permisos para consultas médicas y adaptación de la jornada laboral para cuidar a hijos con necesidades especiales.
Emergencias: Hasta 31 horas anuales por situaciones urgentes que requieran la presencia del trabajador en su domicilio habitual.
Estos cambios no solo buscan beneficiar a los trabajadores de Provivienda, sino también establecer un marco más justo que promueva la igualdad de derechos en la empresa.
El acuerdo ha sido registrado y su publicación se ha realizado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que significa que entrará en vigor de inmediato, y los trabajadores deberán estar al tanto de sus nuevos derechos para hacer uso de ellos cuando sea necesario.
¿Qué Deben Hacer los Trabajadores?
Los trabajadores de Provivienda deberán informarse sobre los nuevos permisos que pueden solicitar en situaciones de cuidado familiar y matrimonios. Para hacer uso de estos derechos, deberán notificar a su empleador con tiempo y justificar el motivo del permiso.
El acuerdo también recoge que cualquier trabajador que necesite realizar exámenes o atender situaciones específicas de salud tiene derecho a ausentarse, y es recomendable que cada empleado se asegure de entender bien cómo estos nuevos derechos aplican a su situación personal.