La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha actualizado recientemente los criterios sobre la inscripción de herencias transfronterizas en España, específicamente para casos en los que involucran ciudadanos de otros países, como Bélgica. Esta actualización se basa en el Reglamento (UE) n.º 650/2012, que establece la normativa sobre sucesiones mortis causa dentro de la Unión Europea.
En este contexto, se ha presentado un recurso contra la negativa de inscripción de una herencia en Cullera, lo que ha llevado a la confirmación de varios requisitos esenciales que deben cumplirse para que la herencia sea aceptada en el registro. Los aspectos más relevantes de esta resolución son:
Documentación Necesaria: Se exigirá la presentación de un certificado de defunción del causante, así como un certificado de Últimas Voluntades que acredite la existencia de un testamento válido en el país de nacionalidad del fallecido.
Ley Aplicable: Es fundamental aclarar qué legislación regula la sucesión, porque este aspecto determina cómo se distribuirán los activos. La regla general es que la ley del país de residencia habitual del fallecido al momento de su muerte es la que debe aplicarse.
Efectos del Certificado Sucesorio: El certificado sucesorio emitido por el notario belga se considera un documento válido pero debe incluir el formulario adecuado para su validez en España. Este certificado presume que quien es nombrado como heredero tiene la autoridad para recibir los bienes, aunque esto puede ser revisado si hay incongruencias en la documentación presentada.
Renuncia a la Herencia: En caso de que existan herederos que hayan renunciado a sus derechos, debe acreditarse formalmente para que no se cuestionen sus derechos en la distribución de la herencia.
Recurso y Plazo de Resolución: Si un notario o interesado se enfrenta a una negativa de inscripción, puede recurrir la decisión ante el Juzgado de lo Civil correspondiente, teniendo un plazo de dos meses para hacerlo desde la notificación de la negativa.
Implicaciones Prácticas: Para los ciudadanos españoles o residentes que hereden bienes de personas fallecidas en otros países de la UE, será crucial asegurarse de que la documentación esté completa y que se cumplan todos los requisitos establecidos por el reglamento europeo para evitar retrasos en el proceso de herencia.
Recomendación: Se aconseja a los notarios y ciudadanos involucrados en herencias internacionales que se familiaricen con estos requisitos y gestionen todos los documentos necesarios en las fases iniciales para evitar complicaciones en el proceso de inscripción.