Recientemente, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha confirmado la negativa a inscribir una escritura de adición de herencia presentada por un notario en Arganda del Rey. Esta decisión se basa en que el cargo del albacea contador-partidor había caducado, lo que significa que no podía llevar a cabo la escritura de adición de herencia.
Para entender este caso, es importante conocer los hechos que lo originaron:
Fallecimiento de la testadora: Doña P. A. D. falleció el 24 de diciembre de 2018, dejando a cinco hijos y estableciendo un testamento el 28 de junio de 2018. En este documento, nombró a dos albaceas y fijó un plazo de cuatro años para que realizaran la partición de la herencia, con la posibilidad de prorrogarlo otros dos años.
Caducidad del cargo: El cargo de albacea se considera caducado si no se realiza la partición dentro de los plazos establecidos. En este caso, el plazo original expiró el 24 de diciembre de 2022, y la prórroga se solicitó el 20 de diciembre de 2024, después de la fecha límite, por lo que la registradora de la propiedad denegó la inscripción de la escritura.
Situación actual para los herederos: Dado que el cargo del albacea ha caducado, esto implica que los herederos deberán tomar la iniciativa en el proceso de partición de la herencia, pudiendo realizarla de manera voluntaria o bien solicitar la intervención judicial para llevarla a cabo.
Consecuencias Prácticas
- Para los Herederos: Ahora tienen la obligación de dividir los bienes de la herencia sin la ayuda del albacea. Si no se ponen de acuerdo, podrían tener que presentar un procedimiento judicial para que un juez decida sobre la partición.
- Plazos: Los herederos deben actuar rápidamente para evitar complicaciones adicionales, ya que el proceso judicial puede ser largo y costoso.
Esta decisión subraya la importancia de cumplir con los plazos legales establecidos al gestionar una herencia. Si los herederos desean o necesitan más aclaraciones, lo más recomendable es que se asesoren legalmente.