El pasado 26 de febrero de 2026, el Pleno del Congreso llevó a cabo la derogación del Real Decreto-Ley que tenía como objetivo garantizar la “accesibilidad equitativa a bienes y servicios en situaciones de emergencia”. Este decreto, que había sido aprobado por el Consejo de Ministros solo unos días antes, el 10 de febrero, buscaba modificar la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios al incorporar un mecanismo para limitar los precios de ciertos bienes y servicios en condiciones de emergencia.

La derogación se produjo mediante una votación en la que 172 diputados apoyaron la norma, 177 votaron en contra y solo hubo una abstención. Este resultado indica un desacuerdo significativo sobre cómo se gestionan las emergencias y los precios del mercado en tales contextos. La norma, si hubiera permanecido en vigor, hubiera permitido fijar un límite máximo de precios, dependiendo de los costos reales y de la demanda durante periodos de emergencia excepcional.

En concreto, la ley hubiera requerido que el precio máximo se estableciera por un acuerdo del Consejo de Ministros, utilizando como referencia los precios aplicados en los treinta días previos a la implementación de la norma. Sin embargo, también contemplaba la posibilidad de que los precios pudieran aumentar, siempre que se justificara de manera objetiva un incremento de costes, lo que en teoría debería proteger al consumidor final de abusos.

La derogación de esta norma deja a los consumidores sin la protección que habría proporcionado en situaciones de crisis o de alta demanda. La medida de accesibilidad y control de precios en emergencias, que tenía un enfoque en la defensa de los consumidores, no se materializará, lo que plantea interrogantes sobre cómo se verán afectados los ciudadanos durante futuras situaciones de emergencia.

La derogación se enmarca en el proceso legislativo establecido en el artículo 86.2 de la Constitución, que señala que los decretos-leyes deben ser debatidos y, en su caso, convalidados o derogados dentro de un plazo de treinta días tras su aprobación. En este caso, el rechazo por parte del Congreso significa que, de momento, no habrá limitaciones de precios que protejan a los consumidores en situaciones extraordinarias.

Esta decisión es de gran relevancia para los ciudadanos, pues afecta directamente sus derechos en el acceso a bienes y servicios en momentos críticos, así como la forma en que el mercado responde ante situaciones excepcionales.