El 29 de abril de 2025, la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que estima el recurso contencioso-administrativo número 671/2024, presentado por la Letrada de la Comunidad Autónoma de Aragón. Este recurso impugnaba el Real Decreto 662/2024, que establecía las normativas para la instalación de plantas fotovoltaicas flotantes en embalses que se encuentran en el dominio público hidráulico.

¿Qué implica esta sentencia?

  1. Anulación del Real Decreto: El tribunal ha declarado nulo de pleno derecho el Real Decreto 662/2024, por considerarlo no conforme a Derecho. Esto significa que las regulaciones que se pretendían establecer para las plantas fotovoltaicas flotantes ya no son válidas.

  2. Costas: La sentencia también impone las costas procesales a la parte demandada, lo que sugiere que quien defendía el decreto (en este caso, la Administración General del Estado) deberá asumir los gastos generados por el proceso judicial.

Impacto en el sector de energías renovables

La anulación de este decreto supone un obstáculo para el avance de proyectos de energías renovables basados en instalaciones flotantes en embalses. Esto podría provocar retrasos o la necesidad de desarrollar nuevas normativas que regulen este tipo de instalaciones.

En resumen

Con esta decisión, aquellos interesados en desarrollar plantas fotovoltaicas flotantes tendrán que esperar a que se forme un nuevo marco legal que permita dichas instalaciones, lo que podría generar incertidumbre en el sector de las energías renovables en España.