La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha emitido una resolución el 2 de enero de 2026, que afecta a propietarios que desean registrar sus propiedades para alquiler de corta duración en Marbella. Este documento se refiere a un recurso presentado por una solicitante que enfrentó problemas con la calificación negativa de su solicitud de registro.

La solicitante había pedido la asignación de un número de registro para alquiler turístico de una finca en Marbella, como parte de un procedimiento regulado por el Real Decreto 1312/2024. Inicialmente, su solicitud fue rechazada debido a la falta de un dato específico en la instancia, el número de inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía.

A pesar de que la solicitante presentó la documentación correcta poco tiempo después, el registrador mantuvo su negativa en una segunda evaluación, lo que llevó a la propietaria a interponer un recurso. En este, argumentó que el defecto señalado era formal y había sido subsanado en plazo y forma.

La Direccion General ha dado la razón a la solicitante, afirmando que el defecto era puramente formal y que la registradora había basado su decisión en un defecto que, de acuerdo a la información presentada, había sido corregido. Por lo tanto, se ha acordado que se debe proceder a la asignación definitiva del número de registro de alquiler de corta duración para la propiedad en cuestión.

Esto significa que los propietarios de viviendas que desean alquilar de manera temporal en Marbella deben asegurarse de cumplir con todos los requisitos y presentar la documentación correcta, ya que un error formal que pueda ser subsanado puede retrasar su registro.

Se recuerda a los propietarios que si no solucionan un defecto dentro de los siete días hábiles después de recibir una notificación de calificación negativa, el registro de su propiedad puede ser suspendido, por lo que es vital actuar rápidamente.

Esto representa un avance importante para aquellos que quieren formalizar el alquiler de sus viviendas turísticas, asegurando que los procesos de registro son más accesibles y menos propensos a bloqueos por errores administrativos.