En una reciente resolución publicada con fecha del 29 de enero de 2026, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública estableció una serie de requisitos que los propietarios deben cumplir para obtener un número de registro de alquiler de corta duración en San Javier. Esto afecta a aquellos que desean alquilar sus propiedades como alojamientos turísticos y pone de manifiesto la importancia de seguir las normativas vigentes para evitar problemas legales.

El caso específico se refiere a una solicitud realizada en septiembre de 2025 por un propietario cuya petición fue denegada por la registradora de la propiedad, alegando inconsistencias y falta de documentación necesaria.

Requisitos importantes:

  1. Claridad en el número de arrendatarios: La solicitud de registro debe especificar de manera coherente el número máximo de arrendatarios. Si hay contradicciones, como en el caso donde se indicaba un número de seis y luego cuatro, la solicitud puede ser rechazada hasta que se aclare.

  2. Documentación notarial: Es imprescindible que las firmas de los administradores de la comunidad de propietarios estén legitimadas notarialmente. Sin esto, no se podrá proceder con la inscripción.

  3. Certificación comunitaria: Se requiere una certificación firmada por el secretario-administrador de la comunidad de propietarios, que incluya:

  • La vigencia de los cargos de secretario y presidente.
  • Autorización según los estatutos de la comunidad.
  • Confirmación de que se notificó a los propietarios ausentes.
  • Plazo transcurrido para la impugnación del acuerdo de la junta.
  1. Plazo de subsanación: Una vez notificada la calificación negativa, los propietarios tienen un plazo de siete días hábiles para subsanar los defectos observados. Si no se presentan los documentos requeridos en este plazo, se perderá el número de registro y se inhabilitará el acceso a plataformas de alquiler.

  2. Recurso ante el Juzgado: Si se desestima la solicitud, el propietario afectado tiene el derecho de recurrir ante el Juzgado de lo Civil en un plazo de dos meses.

Esta resolución enfatiza la necesidad de cumplir con los requisitos legales establecidos para garantizar una mayor seguridad jurídica en el ámbito del alquiler de corta duración, y es un recordatorio para los propietarios de que el registro es un paso crucial antes de ofrecer sus propiedades en plataformas de alquiler.

¿A quién afecta?

Este reglamento afecta principalmente a propietarios de inmuebles en San Javier que deseen alquilar sus propiedades como alojamientos turísticos.

¿Qué tiene que hacer un propietario afectado?

Los propietarios interesados deben asegurarse de tener toda la documentación en regla, incluyendo la certificación del secretario de la comunidad, y verificar que no haya contradicciones en la información de la solicitud.