El 19 de mayo de 2026, se ha publicado en el BOE una nueva resolución que afecta a los emigrantes retornados que deseen obtener su certificado. Esta medida, promovida por la Delegación del Gobierno en Aragón, tiene como objetivo agilizar la tramitación de solicitudes y evitar la congestión burocrática.
¿Qué significa esto para los solicitantes?
A partir de ahora, las competencias para emitir el certificado de emigrante retornado han sido delegadas a la persona titular del Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Aragón, así como a las Dependencias Provinciales de Trabajo e Inmigración de las Subdelegaciones del Gobierno en Huesca y Teruel. Esto significa que los emigrantes retornados en estas provincias podrán acudir a estas oficinas para su solicitud, lo que puede suponer una simplificación del proceso.
¿Qué sucede si no se cumplen los requisitos?
Si al solicitar el certificado se determina que no se cumplen los requisitos necesarios, el responsable de la Delegación del Gobierno emitirá una resolución denegatoria. Es importante que los solicitantes se informen bien sobre los requisitos antes de presentar su solicitud para evitar inconvenientes.
Pasos a seguir:
Quienes se encuentren en esta situación deben acudir a las mencionadas dependencias en Huesca o Teruel y asegurarse de tener la documentación necesaria que acredite su condición de emigrante retornado.
Esta nueva regulación, que entra en vigor inmediatamente tras su publicación, busca optimizar el tiempo de espera en la obtención de este importante certificado, facilitando la integración de aquellos que regresan a España.
Al ser una gestión administrativa que puede afectar a muchos emigrantes en Aragón, es recomendable que quienes requieran este certificado estén atentos a esta nueva disposición.