El Reino de España y el Sultanato de Omán han firmado un acuerdo para facilitar los viajes de los titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio. Este acuerdo, que entra en vigor el 19 de junio de 2026, permite a los nacionales de ambos países entrar, transitar y salir de sus respectivos territorios sin necesidad de obtener un visado.
Principales puntos del Acuerdo:
- Exención de Visados:
- Los titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio de España podrán entrar a Omán y permanecer sin visado por 90 días dentro de un período de 180 días.
- Los titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio de Omán podrán hacer lo mismo en España bajo las mismas condiciones.
- Obligaciones:
- Los ciudadanos no podrán realizar actividades que requieran un permiso de trabajo en el país anfitrión.
- Es obligatorio respetar las leyes del país en que se encuentre cada nacional.
- Prohibiciones y Protección:
- Cada país se reserva el derecho de denegar la entrada a cualquier nacional que considere persona non grata.
- Se garantiza un alto nivel de protección contra la falsificación de los pasaportes.
- Duración del Acuerdo:
- Este acuerdo no tiene una duración limitada, pero puede ser denunciado por cualquiera de las Partes con un preaviso de 90 días.
- Suspensión:
- Cualquiera de los países puede suspender el acuerdo por razones de seguridad o salud pública, notificando con al menos 7 días de antelación.
Este acuerdo representa una mejora significativa en la relación diplomática entre España y Omán, lo que facilitará las actividades oficiales entre funcionarios de ambos países.
Conclusión
A partir del 19 de junio de 2026, si eres titular de un pasaporte diplomático, especial o de servicio de España o Omán, podrás viajar entre ambos países sin necesidad de visado, siempre cumpliendo con las leyes locales y sin realizar actividades laborales durante tu estancia.