El Reino de España y el Sultanato de Omán han firmado un acuerdo para facilitar los viajes de los titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio. Este acuerdo, que entra en vigor el 19 de junio de 2026, permite a los nacionales de ambos países entrar, transitar y salir de sus respectivos territorios sin necesidad de obtener un visado.

Principales puntos del Acuerdo:

  1. Exención de Visados:
  • Los titulares de pasaportes diplomáticos y de servicio de España podrán entrar a Omán y permanecer sin visado por 90 días dentro de un período de 180 días.
  • Los titulares de pasaportes diplomáticos, especiales y de servicio de Omán podrán hacer lo mismo en España bajo las mismas condiciones.
  1. Obligaciones:
  • Los ciudadanos no podrán realizar actividades que requieran un permiso de trabajo en el país anfitrión.
  • Es obligatorio respetar las leyes del país en que se encuentre cada nacional.
  1. Prohibiciones y Protección:
  • Cada país se reserva el derecho de denegar la entrada a cualquier nacional que considere persona non grata.
  • Se garantiza un alto nivel de protección contra la falsificación de los pasaportes.
  1. Duración del Acuerdo:
  • Este acuerdo no tiene una duración limitada, pero puede ser denunciado por cualquiera de las Partes con un preaviso de 90 días.
  1. Suspensión:
  • Cualquiera de los países puede suspender el acuerdo por razones de seguridad o salud pública, notificando con al menos 7 días de antelación.

Este acuerdo representa una mejora significativa en la relación diplomática entre España y Omán, lo que facilitará las actividades oficiales entre funcionarios de ambos países.

Conclusión

A partir del 19 de junio de 2026, si eres titular de un pasaporte diplomático, especial o de servicio de España o Omán, podrás viajar entre ambos países sin necesidad de visado, siempre cumpliendo con las leyes locales y sin realizar actividades laborales durante tu estancia.