El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado recientemente una modificación a la Orden TDF/149/2025, que establece medidas para prevenir las estafas por suplantación de identidad. Estas estafas se producen a través de llamadas telefónicas y mensajes de texto fraudulentos, y buscan proteger a los ciudadanos de estos engaños.

Una de las principales novedades de esta modificación es la ampliación del plazo para la entra en vigor de los artículos 7.2 y 8 de la citada orden. Originalmente, se esperaba que estas medidas comenzaran su aplicación el 7 de junio de 2026. Sin embargo, debido a dificultades técnicas y organizativas en el proceso de registro de alias, se ha decidido posponer dicha fecha, y ahora entrarán en vigor el 15 de septiembre de 2026.

Esta ampliación del plazo busca garantizar un proceso correcto para el registro de alias. Esto es fundamental para evitar bloqueos indebidos de mensajes legítimos que podrían afectar a los ciudadanos, imposibilitándolos de recibir comunicaciones importantes, como notificaciones administrativas, citas médicas o mensajes de servicios de atención al cliente.

La modificación es parte de un esfuerzo del Gobierno para incrementar la seguridad en las comunicaciones y proteger a los ciudadanos de potenciales fraudes. A partir de la nueva fecha establecida, los operadores de telecomunicaciones estarán obligados a bloquear los mensajes de texto provenientes de alias no registrados o de proveedores no autorizados.

En resumen:

  • Nuevo Plazo: Los artículos 7.2 y 8 de la Orden TDF/149/2025 comenzarán a aplicarse el 15 de septiembre de 2026.
  • Protección al Ciudadano: Esta medida busca prevenir el bloqueo de mensajes importantes y garantizar que los ciudadanos reciban la información necesaria sin interrupciones.

Con estas acciones, el Gobierno reafirma su compromiso con la protección de los derechos de los usuarios y la lucha contra las estafas telefónicas.