El 23 de enero de 2026, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha tomado una decisión importante para los propietarios de viviendas destinadas al alquiler de corta duración en Canarias. Esta resolución implica que antes de proceder a la asignación de un número de registro de alquiler, las fincas deben estar debidamente inmatriculadas e inscritas en el Registro de la Propiedad.
Antecedentes
En julio de 2025, se presentó una solicitud para el alquiler de corta duración en El Rosario. Sin embargo, la registradora de la propiedad suspendió la solicitud indicando que la finca no se encontraba inscrita y que era necesario cumplir con estos requisitos legales para garantizar la claridad y seguridad en el arrendamiento de propiedades.
¿Qué Cambia?
- Requisitos de Inscripción: Los propietarios deberán asegurarse de que sus propiedades estén debidamente inmatriculadas en el Registro de la Propiedad antes de solicitar un número de registro para alquiler de corta duración.
- Plazo de Subsanación: Si se detectan defectos en la solicitud, los propietarios tendrán 7 días hábiles para subsanar los errores y presentar la documentación correcta. No hacerlo resultará en la invalidación del número de registro solicitado.
- Implicaciones en Plataforma de Alquiler: Sin el número de registro, no se podrá ofrecer la propiedad en plataformas de alquiler online, lo que limita gravemente la visibilidad y la capacidad de atraer inquilinos.
Acción Requerida
Los propietarios de viviendas que deseen operar en el mercado de alquiler de corta duración deben:
- Verificar que su propiedad esté registrada e inscrita en el Registro de la Propiedad.
- En caso de que existan errores en la documentación, deben corregirlos dentro del plazo de 7 días hábiles tras recibir la notificación de calificación negativa.
Conclusión
La aclaración de la norma y la exigencia de inscripciones son pasos hacia una mayor regulación del mercado de alquileres en Canarias, lo que proporcionará mayor seguridad tanto a los arrendadores como a los inquilinos.
Esta resolución es una parte de los esfuerzos regulatorios que buscan armonizar y controlar el alquiler de corta duración, adaptándose a la normativa europea vigente.
La decisión de la Dirección General busca garantizar que cualquier propiedad destinada a este tipo de actividad cumpla con los requisitos legales, sin los cuales los propietarios enfrentarían problemas para ofertar sus inmuebles adecuadamente.
En resumen, si eres propietario de una vivienda en Canarias, asegúrate de que esté debidamente registrada para evitar inconvenientes en el alquiler de corta duración.