La Dirección General de Trabajo ha publicado el Acuerdo Retributivo específico del "Complemento Equiparador Autonómico Gallego", que se aplicará en el marco del V Convenio colectivo estatal de reforma juvenil y protección de menores en la Comunidad Autónoma de Galicia. Este acuerdo fue firmado por la Asociación empresarial Gallega de Familia, Infancia e Xuventude y varios sindicatos representativos del sector.

Este Complemento Equiparador Autonómico Gallego tiene como objetivo compensar a las personas trabajadoras que no se benefician de los complementos salariales establecidos anteriormente en el convenio. A continuación, se detallan aspectos importantes sobre este acuerdo:

  1. Duración: El acuerdo estará vigente desde su publicación en el BOE (prevista para el 21 de mayo de 2026) hasta el 30 de septiembre de 2029, momento en el cual se aplicarán de manera general los complementos salariales mencionados en los artículos del V Convenio.

  2. Características del Complemento:

  • Es un complemento no consolidable, que variará según la categoría profesional del trabajador, y se pagará mensualmente en 14 pagas.
  • Es un complemento compensable y absorbible, que se cancelará con los aumentos salariales que se apliquen a partir de octubre de 2029.
  1. Beneficiarios: Esta medida afecta a los trabajadores que realizan su labor en centros de reforma juvenil y protección de menores en Galicia. Esto incluye cualquier contratación pública que se realice bajo modalidades como subvención o contrato, y que esté vigente desde antes del 16 de diciembre de 2024.

  2. Tablas Salariales: Se han establecido tablas salariales para los trabajadores de este sector que se aplicarán durante el periodo de 2026 a 2029. Aunque no se presentan en detalle, estas tablas se han diseñado para reflejar diferentes categorías y niveles dentro de la estructura del sector.

  3. Impacto Financiero: Los trabajadores deberán estar atentos al ajuste en sus salarios y pagos, ya que este acuerdo podría influir en sus ingresos totales hasta que finalice el vigésimo periodo estipulado.