La Orden PJC/571/2026, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 8 de junio de 2026, otorga destinos a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que han superado el proceso selectivo convocado en diciembre de 2022. Esta medida es relevante para aquellos que aspiran a ocupar un puesto en las oficinas judiciales y establece un conjunto de reglas y plazos que deben tener en cuenta.

Plazos y Procedimientos

  1. Toma de Posesión: Los funcionarios que reciban un nuevo destino tienen un plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de esta orden para tomar posesión de su puesto ante el responsable de la oficina judicial correspondiente. Es importante que se presenten con la documentación necesaria, que debe ser enviada previamente por la Gerencia Territorial.

  2. Excedencia Voluntaria: Si el funcionario ya pertenece a otros cuerpos como el de Tramitación Procesal y Administrativa o de Auxilio Judicial y decide continuar en activo en estos cuerpos, no será necesario que se desplace para tomar posesión del nuevo cargo. Solo deberá comunicar su decisión a la Gerencia Territorial.

  3. Permisos Retribuidos: Los funcionarios que opten por ingresar en el nuevo cuerpo podrán solicitar permisos retribuidos de hasta tres días, dependiendo del desplazamiento. Esto les permitirá asegurar la continuidad de su servicio sin interrupciones.

  4. Finalización de Contratos de Funcionarios Interinos: El mismo día de la toma de posesión de los nuevos funcionarios se producirá el cese de los interinos que actualmente ocupan las plazas adjudicadas.

  5. Limitaciones en Concursos de Traslado: Aquellos funcionarios destinados de manera forzosa no podrán participar en concursos de traslado hasta que hayan pasado dos años desde la fecha de su nombramiento.

Implicaciones Legales

Los funcionarios que ya tienen un puesto como funcionarios de carrera deben hacer constar su opción en el acta de toma de posesión. Además, tienen derecho a recurrir esta orden ante el Ministerio de Justicia en el plazo de un mes o a través de recursos contencioso-administrativos en un plazo de dos meses.

Los funcionarios que se encuentren en esta situación deberán asegurarse de cumplir con todos estos requisitos y plazos para evitar problemas en su carrera administrativa.

Con esta orden, se busca organizar de manera eficaz la integración de nuevos funcionarios en el sistema judicial, garantizando que quienes han logrado acceder a estos puestos de forma justa y meritocrática puedan llevar a cabo su labor con normalidad.

En Resumen

  • Quiénes se ven afectados: Funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de Justicia que superaron el proceso selectivo.
  • Qué cambia: Nuevos destinos asignados y plazos establecidos para la toma de posesión, con posibilidad de permisos retribuidos y restricciones en concursos.
  • Qué hacer: Los funcionarios deben informarse sobre los procedimientos para la toma de posesión y cumplir con los plazos establecidos.