La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha decidido no aceptar la solicitud de inscripción de la representación gráfica de la finca registrada a nombre de doña A. F. R. en Cangas del Narcea-Tineo. Esta decisión se toma debido a la oposición de un colindante que argumenta que la representación solicitada invadiría su propia propiedad.

Contexto de la Decisión

Doña A. F. R. y su cónyuge solicitaron la inscripción de una representación gráfica de su finca, que presenta una discrepancia en su tamaño registrado. Según el Registro de la Propiedad, la finca tiene una superficie de 1.735 metros cuadrados, mientras que el Catastro indica que su cabida es de solo 755 metros cuadrados. La finca también incluye varias edificaciones.

El primer paso en este proceso fue presentado en julio de 2025. Al iniciar el trámite, el colindante, don P. R. B., formuló alegaciones el 20 de agosto de 2025, oponiéndose a la inscripción por considerar que invadía su terreno. A raíz de esto, la registradora de la Propiedad negó la inscripción debido a las dudas sobre la correcta delimitación de la finca.

Fundamentos Jurídicos

La negativa se basa en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, que regula la inscripción de la representación gráfica. La registradora debe asegurarse de que la representación gráfica solicitada no cause dudas respecto a la identidad de la finca, ni invada propiedades colindantes. En este caso, las alegaciones y la oposición del colindante han llevado a la decisión de desestimar la inscripción.

En la resolución se aclara que el colindante proporcionó un informe gráfico que justifica su oposición. Con el riesgo de que haya un solapamiento en los límites, la Registradora decidió no proceder con la inscripción, lo cual se considera fundamental para proteger los derechos de los propietarios colindantes.

Implicaciones para Los Afectados

Para los propietarios involucrados, esto significa que su solicitud de rectificación y actualización de la descripción registral de su finca no ha sido aceptada, lo que puede generar incertidumbre sobre su propiedad. En caso de que deseen seguir adelante con el asunto, tienen la opción de recurrir ante el Juzgado de lo Civil.

Próximos Pasos

Si alguna de las partes afectadas desea impugnar esta decisión, tiene un plazo de dos meses desde la notificación de la resolución. Es importante que busquen asesoría legal, dado que esto puede llevar a un procedimiento judicial.