La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha anunciado la rehabilitación de varios números de identificación fiscal (NIF) a través de una resolución publicada el 4 de mayo de 2026. Esta acción se enmarca dentro de la Ley General Tributaria y busca restablecer la validez de ciertos NIF que habían sido revocados por diversas razones.

La rehabilitación implica que las entidades cuyo NIF ha sido restaurado recuperan su capacidad para operar legalmente en el ámbito tributario. Esto puede ser fundamental para poder realizar distintas actividades comerciales, como emitir facturas y cumplir con las obligaciones fiscales.

En concreto, la resolución menciona a dos empresas que han sido rehabilitadas:

  1. Asturias:
  • NIF: B33868233
  • Razón Social: SERVICIOS URBANÍSTICOS ASTURIAS, SL.
  • Fecha de Revocación: 28/10/2019
  • Fecha de Rehabilitación: 22/01/2020
  1. Cataluña:
  • NIF: B61704185
  • Razón Social: R-66, SL.
  • Fecha de Revocación: 22/12/2023
  • Fecha de Rehabilitación: 23/03/2026

Es importante para los responsables de estas empresas estar al tanto de esta rehabilitación, ya que les permite retomar sus actividades sin inconvenientes relacionados con su situación fiscal.

¿Qué Cambia? Las entidades mencionadas pueden ahora emitir facturas y cumplir con sus obligaciones tributarias, lo que podría implicar un retorno a la normalidad en sus operaciones comerciales.

¿Qué Deben Hacer? Las empresas afectadas deben asegurarse de que su estatus fiscal esté actualizado en la Agencia Tributaria y confirmar que pueden operar correctamente con el NIF rehabilitado.

La notificación de esta rehabilitación se realiza en el marco de medidas de lucha contra el fraude fiscal, lo que reafirma el compromiso de las autoridades tributarias por regularizar situaciones de empresas que merecen una segunda oportunidad para operar en el mercado.