La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha tomado una decisión importante respecto a la inscripción de una escritura de compraventa de una pareja casada bajo el régimen de separación de bienes en la Comunidad Valenciana. Esta escritura, autorizada por un notario en 2016, fue presentada para inscripción en el Registro de la Propiedad por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de Valencia con el objetivo de que se pudiera realizar un embargo sobre la mitad de la finca, debido a una deuda tributaria del esposo.
Inicialmente, la registradora de la propiedad denegó la inscripción argumentando que la escritura no especificaba el porcentaje que poseía cada cónyuge sobre la finca al haberla comprado para su "sociedad conyugal". Esto generó confusión respecto al régimen económico matrimonial que, en este caso, era de separación de bienes. Sin embargo, el jefe de recaudación de la AEAT argumentó que, aunque no se especificara, debían considerarse ambas partes como copropietarios en un 50%, conforme a la normativa vigente en la Comunidad Valenciana y certificados catastrales aportados.
Finalmente, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha resuelto a favor de la AEAT, estimando el recurso y permitiendo la inscripción de la escritura de compraventa. Esto permitirá realizar la anotación de embargo solicitada sobre la mitad indivisa de la finca.
Las implicaciones de esta decisión son significativas para aquellos que se encuentren en situaciones jurídicas similares o que se enfrenten a la complejidad del régimen de separación de bienes en la adquisición de propiedades.
Es esencial que las parejas que compran bienes no solo especifiquen claramente el porcentaje de propiedad en la escritura, sino que también estén al tanto de las implicaciones que pueden surgir al no hacerlo, ya que esto puede afectar la capacidad de embargar propiedades en caso de deudas tributarias.
Recomendaciones para los afectados:
- Revisar las escrituras de compraventa para asegurarse de que el porcentaje de propiedad esté claramente indicado.
- Consultar con un abogado especializado en derecho inmobiliario o matrimonial en caso de dudas.
Esta resolución refuerza la importancia de la claridad en los documentos jurídicos y proporciona una vía para que la Agencia Tributaria pueda actuar en defensa del interés público.