El 11 de marzo de 2026, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resolvió un caso en el que se cuestionaba la validez de una herencia otorgada a una tutora. El conflicto surgió porque la registradora de propiedades de Madrid negó la inscripción de una herencia debido a que el testador, el tío de la beneficiaria, había sido declarado incapaz y la beneficiaria era a su vez su tutora.

Contexto del caso

Doña C. C. M., como única heredera de su tío, intentó inscribir la herencia que le correspondía. Sin embargo, la registradora argumentó que, según el artículo 753 del Código Civil, no se pueden hacer disposiciones testamentarias en favor del tutor, a menos que este sea pariente directo del testador y se acredite que no hay otros herederos de grado superior, como hermanos.

Resolución de la Dirección General

Frente a la negativa, la notaria que representaba a C. C. M. presentó un recurso, argumentando que la norma permite, en determinados casos, que tutores que son parientes en línea directa también puedan heredar. La resolución finalmente aceptó este argumento y consideró que se debe priorizar la voluntad del testador y los derechos de la persona con discapacidad.

Impacto en las herencias

Este cambio implica que:

  • Las tutores pueden ser herederos: Un tutor que es pariente del testador puede recibir herencia sin la necesidad de que no haya otros herederos directos, siempre que no se acredite que hay otros herederos de grado superior.
  • Requisitos de inscripción: Es posible que esta disposición se acepte incluso si la gestión de la tutela no ha sido aprobada judicialmente.

Pasos a seguir para los interesados

Si conoces a alguien en una situación similar, o eres tú mismo quien está involucrado en un proceso de herencia:

  1. Debes acreditar tu relación con el fallecido (que seas tutor o pariente directo).
  2. Presentar la documentación necesaria ante el registro de la propiedad correspondiente para la inscripción de la herencia.
  3. Considerar la posibilidad de recurrir si la inscripción es denegada, dado que esta resolución sienta un precedente.

Este cambio afecta a los derechos de las personas con discapacidad en términos de sucesión, facilitando que su voluntad a la hora de testar sea respetada y que los tutores no sean excluidos en la herencia por su rol.