El pasado 27 de febrero de 2026, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resolvió a favor de una reclamación presentada por una propietaria en Mazarrón, en la que se impugnaba la calificación negativa del registrador sobre la inscripción de la georreferenciación de su finca.

Contexto de la Resolución

Una pareja había solicitado la inscripción de una obra nueva y la correspondiente georreferenciación de su propiedad, identificada como la finca número 58.844. Sin embargo, el registrador se negó a la inscripción tras recibir alegaciones de colindantes que afirmaban que la nueva representación gráfica invadía sus propiedades.

A través de un procedimiento iniciado conforme al artículo 199 de la Ley Hipotecaria, la registradora tuvo que considerar las alegaciones presentadas por los colindantes, que aportaron un acuerdo notarial antiguo, argumentando que la georreferenciación propuesta no reflejaba la realidad de la propiedad.

Análisis de la Decisión

La contestación a las alegaciones permitió establecer que la representación gráfica presentada por la pareja cumplía con la normativa actual, siendo elaborada por un técnico competente y con los requerimientos formales debidos. La resolución concluye que no existió un conflicto suficiente que justificara la negativa del registrador, ya que las alegaciones de los colindantes no podían probar de manera fehaciente que se estaba invadiendo su propiedad. Por lo tanto, la Dirección General decidió revocar la negativa del registrador, permitiendo la inscripción.

Implicaciones Prácticas

Esta resolución tiene un impacto directo para aquellos propietarios que buscan actualizar la información de sus fincas en el registro de la propiedad con la georreferenciación correcta:

  • Derechos y Obligaciones: Los propietarios pueden presentar solicitudes de inscripción de georreferenciación catastral sin que la mera oposición de colindantes sin pruebas contundentes pueda paralizar el proceso.
  • Acción a Tomar: Los propietarios de fincas que deseen regularizar sus inscripciones deben asegurarse de cumplir con los requisitos técnicos y proporcionar documentación adecuada que respalde su solicitud.

Esta resolución se enmarca dentro de un esfuerzo institucional por lograr una mayor armonización entre la realidad física de las propiedades y su representación en el registro, protegiendo los derechos de todos los propietarios involucrados.

Recomendaciones Finales

Propietarios interesados en georreferenciar sus parcelas deben tener en cuenta que es crucial proporcionar documentación precisa y actualizada para evitar conflictos. Si se presentan alegaciones por parte de colindantes, se debe estar preparado para responder y argumentar con pruebas fehacientes que respalden su posición.